viernes, 13 de abril de 2012

La Reforma Pensional y las Mujeres ¿Cuándo será que dejarán de ‘hacernos el favor’?

*Maria Victoria Castro


Durante el segundo semestre del año el gobierno presentará al Congreso la tan anunciada reforma pensional y ya circulan en los diferentes medios de comunicación propuestas, análisis y opiniones desde los diferentes sectores involucrados. (Ver: El TiempoCaracol; PortafolioRCN radio).


Poco se ha hablado de la posibilidad de equiparar la edad de jubilación de hombres y mujeres, y cuando se ha tocado el tema sólo se acude al análisis demográfico afirmando que, como las mujeres tenemos mayores esperanzas de vida que los hombres, las edades deberían equipararse. De alguna manera parece que los analistas asumieran que el hecho de que se consagre una edad de jubilación menor para las mujeres es una acción afirmativa que nos beneficia y que, dados los avances de la ciencia médica, y los hallazgos en materia de esperanza de vida superior, no vale la pena mantenerla. Si bien ha habido propuestas de acabar con el ‘favor’ (ver: La silla vacía) precisamente porque nos perjudica lejos de beneficiarnos, la invitación a pensar y discutir la reforma pensional también con un enfoque de género no ha sido atendida por ninguno de los sectores involucrados hasta el momento.


Es necesario tener en cuenta, además de la estructura demográfica del país, la evolución del mercado laboral y las diferencias que en materia de acceso, permanencia y ascenso ofrece a hombres y mujeres. Basta con recordar que cuando tenemos un trabajo remunerado (porque muchas mujeres trabajan en el hogar o en labores de cuidado no remuneradas) las mujeres somos mayoría en la porción de trabajadores informales y que -dada la discriminación por género en materia salarial- la densidad de nuestras cotizaciones es siempre menor que la de los hombres (igual que la remuneración) (ver: El Espectador).


Si a lo anterior sumamos la expectativa de vida superior pero una edad más temprana de jubilación no podemos obtener otro resultado que menor cobertura del sistema (bien por que no nos pensionamos o porque lo hacemos con un monto inferior), independientemente de si se trata del régimen de prima media o del de ahorro individual.


El que tengamos una edad de jubilación mas temprana no es un beneficio, no mientras tengamos como requisito adicional cotizar el mismo número de semanas que los hombres para podernos pensionar. Al contrario: tenemos menos tiempo para cotizar el mismo número de semanas, menos tiempo para alcanzar el monto mínimo para acceder a una pensión (en el caso de quienes cotizan en el régimen de ahorro individual) o menos tiempo para sumar cotizaciones de forma que al final nuestra pensión será menor. 


Hay quienes aún piensan que en el régimen de ahorro individual no hay un real problema, precisamente porque las mujeres afiliadas podrían seguir cotizando hasta alcanzar una pensión más alta. Sin embargo, la ley establece que si se trata de un trabajador vinculado mediante contrato laboral, la obligación para el empleador de seguir cotizando sólo subsiste hasta los 62 años de edad para los hombres y hasta los 60 años para las mujeres, de forma que podemos seguir cotizando sí, pero todo por nuestra propia cuenta. Eso sin contar con las políticas  -frecuentes- entre los empleadores para desvincular a las personas que alcancen su edad de jubilación. 


El debate debe darse: no se trata necesariamente de equiparar las edades, pero mantenerlas diferentes dejando igual el requisito del número de semanas y obviando el que muchas mujeres trabajan sin remuneración (y sin la correspondiente cotización al sistema) tampoco beneficia (ver: ECLAC), de ninguna manera, a las mujeres. Reformas que no se planteen seriamente estas cuestiones solo seguirán transitando el camino de pretender que la pobreza de las mujeres es un asunto de subdesarrollo y no de subordinación.


*Abogada de la Universidad de los Andes. Estudiante del Doctorado en Derecho en la misma universidad. Profesora del curso de Juez e Interpretación Constitucional.