lunes, 7 de mayo de 2012

¿QUIÉN HABLA POR LAS PUTAS? ¿QUIÉN POR LAS FEMINISTAS?


*Marcela Abadía

Luego de leer en algunas revistas los comentarios online efectuados por ciudadanos sobre la “Marcha de las putas”, me volví a preguntar por qué hoy en día es tan difícil ser feminista.

Y esta pregunta me surge cada vez que veo el preocupante y aterrador nivel de hostilidad de muchos comentaristas de los columnistas cuando olfatean algo que les relacione cualquier acto que condene la violencia contra las mujeres con esa caja negra, tan amenazadora pero desconocida, que rotulan intuitivamente como feminismo. El ataque casi siempre va acompañado de frases sobre mujeres amargadas, sin hijos y lesbianas, dando a todo ello un infundado matiz negativo. Me asusta lo virulento y encarnizado de esos comentarios, los cuales, si se echa un vistazo a los que acompañan otras columnas de opinión, resultan increíblemente más rencorosos que cuando se discuten temas tan macabros como el paramilitarismo o la corrupción. Basta observar la cantidad de insultos de los que es continuamente objeto Florence Thomas…

También me preocupa que el sentimiento que genera para algunos esa caja negra del feminismo sea reforzado equívocamente por algunos columnistas. Con esto no quiero apelar contra la diferencia de pensamiento y el derecho a la libre expresión. Mi pregunta por la dificultad de sostener ideas feministas apunta a que reconocerse feminista puede ser entendido ambiguamente desde afuera. Esto refuerza estereotipos sobre lo que es feminismo y quienes hacen parte de él.

Cuando se afirma que los abortos no son muchos, que no son tan dramáticos, o que “la doctrina feminista” ha contribuido a hacer a las feministas poco empáticas con las causas e ideas ajenas, se está reafirmando una idea errada del significado de toda una historia de lucha de mujeres contra la discriminación por género. La libertad de expresión tiene su límite en un deber ético de presentar opiniones basadas en conceptos claros sobre lo que se quiere refutar. Este deber aumenta si quienes asumen la vocería buscan representar ideas, también intuitivamente, antifeministas.

En una columna publicada en la Silla Vacía se afirmaba que la sentencia  T-629 de 2010, por la que la Corte Constitucional reconoció la existencia de contrato laboral a una prostituta en estado de embarazo, ponía en aprieto al feminismo pues éste, según el columnista, se opone a reconocer a éstas derechos laborales.

Es cierto que un sector del feminismo considera que cualquier clase de prostitución, sea o no consentida, es producto de la dominación masculina. Sin embargo, también es cierto que otro amplio sector del feminismo pretende que a las prostitutas se les ampare su actividad con las mismas garantías del derecho laboral. Sin embargo, tanto los unos como los otros tienen clara la condición de las prostitutas y de otros factores que agravan su situación de discriminación: ser madres y pobres.

No voy a profundizar sobre estas discusiones al interior del feminismo. Lo que quiero resaltar es que las diferentes tendencias, que en muchas ocasiones resultan enfrentadas como ocurre en cualquier campo de conocimiento, sí buscan representar a las putas, a las prostitutas o a quien quiera que se encuentre en condición de discriminación.

Esta legitimidad en la representación de grupos discriminados sobrepasa el límite de esta columna. Con todo, lo que no se puede afirmar, o al menos no falazmente, es que ni la “Marcha de las Putas”, ni la sentencia de tutela arriba mencionada, ni la gran cantidad de madres que ejercen la prostitución, no a su antojo sino por cuanto sus posibilidades no les permiten elegir, sean situaciones desconocidas para el feminismo. Con todas las críticas que se le puedan hacer, el feminismo ha buscado dar voz a quienes antes ni siquiera eran consideradas sujetos por el Estado. Cada guerra ganada en los tribunales o en la calle es una victoria para todas las mujeres y para todos los hombres, sean etiquetados o no de feministas.

Siendo ello así, si el feminismo, bien o mal, representa a las putas. ¿Quién, en cambio, representa a las feministas?

*Estudiante del Doctorado en Derecho de la Universidad de los Andes

viernes, 13 de abril de 2012

La Reforma Pensional y las Mujeres ¿Cuándo será que dejarán de ‘hacernos el favor’?

*Maria Victoria Castro


Durante el segundo semestre del año el gobierno presentará al Congreso la tan anunciada reforma pensional y ya circulan en los diferentes medios de comunicación propuestas, análisis y opiniones desde los diferentes sectores involucrados. (Ver: El TiempoCaracol; PortafolioRCN radio).


Poco se ha hablado de la posibilidad de equiparar la edad de jubilación de hombres y mujeres, y cuando se ha tocado el tema sólo se acude al análisis demográfico afirmando que, como las mujeres tenemos mayores esperanzas de vida que los hombres, las edades deberían equipararse. De alguna manera parece que los analistas asumieran que el hecho de que se consagre una edad de jubilación menor para las mujeres es una acción afirmativa que nos beneficia y que, dados los avances de la ciencia médica, y los hallazgos en materia de esperanza de vida superior, no vale la pena mantenerla. Si bien ha habido propuestas de acabar con el ‘favor’ (ver: La silla vacía) precisamente porque nos perjudica lejos de beneficiarnos, la invitación a pensar y discutir la reforma pensional también con un enfoque de género no ha sido atendida por ninguno de los sectores involucrados hasta el momento.


Es necesario tener en cuenta, además de la estructura demográfica del país, la evolución del mercado laboral y las diferencias que en materia de acceso, permanencia y ascenso ofrece a hombres y mujeres. Basta con recordar que cuando tenemos un trabajo remunerado (porque muchas mujeres trabajan en el hogar o en labores de cuidado no remuneradas) las mujeres somos mayoría en la porción de trabajadores informales y que -dada la discriminación por género en materia salarial- la densidad de nuestras cotizaciones es siempre menor que la de los hombres (igual que la remuneración) (ver: El Espectador).


Si a lo anterior sumamos la expectativa de vida superior pero una edad más temprana de jubilación no podemos obtener otro resultado que menor cobertura del sistema (bien por que no nos pensionamos o porque lo hacemos con un monto inferior), independientemente de si se trata del régimen de prima media o del de ahorro individual.


El que tengamos una edad de jubilación mas temprana no es un beneficio, no mientras tengamos como requisito adicional cotizar el mismo número de semanas que los hombres para podernos pensionar. Al contrario: tenemos menos tiempo para cotizar el mismo número de semanas, menos tiempo para alcanzar el monto mínimo para acceder a una pensión (en el caso de quienes cotizan en el régimen de ahorro individual) o menos tiempo para sumar cotizaciones de forma que al final nuestra pensión será menor. 


Hay quienes aún piensan que en el régimen de ahorro individual no hay un real problema, precisamente porque las mujeres afiliadas podrían seguir cotizando hasta alcanzar una pensión más alta. Sin embargo, la ley establece que si se trata de un trabajador vinculado mediante contrato laboral, la obligación para el empleador de seguir cotizando sólo subsiste hasta los 62 años de edad para los hombres y hasta los 60 años para las mujeres, de forma que podemos seguir cotizando sí, pero todo por nuestra propia cuenta. Eso sin contar con las políticas  -frecuentes- entre los empleadores para desvincular a las personas que alcancen su edad de jubilación. 


El debate debe darse: no se trata necesariamente de equiparar las edades, pero mantenerlas diferentes dejando igual el requisito del número de semanas y obviando el que muchas mujeres trabajan sin remuneración (y sin la correspondiente cotización al sistema) tampoco beneficia (ver: ECLAC), de ninguna manera, a las mujeres. Reformas que no se planteen seriamente estas cuestiones solo seguirán transitando el camino de pretender que la pobreza de las mujeres es un asunto de subdesarrollo y no de subordinación.


*Abogada de la Universidad de los Andes. Estudiante del Doctorado en Derecho en la misma universidad. Profesora del curso de Juez e Interpretación Constitucional. 



jueves, 22 de marzo de 2012

Aborto, estereotipos de género y salud mental

**Mónica Arango y Maria Laura Rojas

Dar prevalencia a un embarazo por encima de los derechos humanos de la mujer, constituye una violación del derecho internacional de los derechos humanos.

En octubre del año pasado, el Comité para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer de Naciones Unidas, en un caso presentado por el Centro de Derechos Reproductivos y Promsex, condenó al Estado peruano por violar los derechos de la víctima, L.C., a la salud, la no discriminación, el acceso a recursos legales oportunos y a estar libre de estereotipos de género.

L.C, una adolescente de bajos recursos económicos en Perú, fue violada en repetidas ocasiones desde que tenía 11 años, y quedó embarazada a la edad de 13. Al enterarse del embarazo, L.C. saltó desde el techo de una casa vecina quedando paralizada, y se le diagnosticó una lesión en la columna que requería intervención quirúrgica inmediata. A pesar de esto, el hospital se negó a realizarla dado el estado de embarazo de L.C., y se negó además a practicarle un aborto para poder proceder con la cirugía. Meses después L.C. tuvo un aborto espontáneo y fue sometida a la cirugía de columna pero ya era muy tarde: hoy L.C. está paralizada en las cuatro extremidades y depende absolutamente de terceros para satisfacer sus necesidades más básicas.

En esta oportunidad, y por primera vez en un caso de aborto, el Comité encontró una violación al artículo 5 de la Convención que obliga a los Estados a eliminar los estereotipos de género, porque el Estado, a través de su personal médico, decidió dar prevalencia a la continuación de un embarazo, por encima de la salud y la dignidad de la mujer. Concretamente, para el Comité el aplazamiento de la cirugía obedeció al estereotipo según el cual la función primordial de la mujer es la reproducción, en franca violación de sus derechos humanos y desconociendo sus intereses y proyecto de vida personales.

Los estereotipos de género son visiones generalizadas en contextos determinados, sobre los roles y actitudes que deben asumir las mujeres y los hombres. En el caso de las mujeres los estereotipos son problemáticos porque históricamente han llevado a considerarlas como inferiores a los hombres, y a exigirles roles serviles.
Además, el Comité realizó una recomendación al Estado peruano que nunca antes se había hecho desde una decisión por parte de un Comité: le recomendó que revisara su legislación en materia de aborto para permitir el aborto legal en casos de violencia sexual, porque en Perú sólo es legal para salvar la vida o la salud de la mujer.

Finalmente, el Comité también se refirió al hecho de que la negativa a practicar el aborto no había tenido en cuenta el riesgo a la salud mental de L.C., derecho protegido internacionalmente y por la Constitución de Perú. Esta decisión da contenido a lo que significa, desde el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho de las mujeres a acceder a servicios de salud sin discriminación.

En el mismo sentido, recientemente la Corte Constitucional colombiana falló una tutela (T-841 de 2011) de una adolescente de 12 años a quien se le negó el acceso a un aborto legal, ordenando que la EPS la indemnizara por los daños causados tanto a su salud mental como a su proyecto de vida, ambos agravados por ser una adolescente de 12 años.

El derecho y la justicia juegan un papel fundamental en la identificación y eliminación de estereotipos de género en diferentes contextos. Decisiones como éstas constituyen una herramienta útil en el reconocimiento de los derechos de las mujeres, no sólo por el precedente del caso concreto, sino porque las decisiones hacen explícita dinámicas discriminatorias presentes en toda Latinoamérica, que sólo pueden enfrentarse cuando son adecuadamente identificadas.


**Mónica Arango Olaya. Directora Regional para América Latina y el Caribe.Centro de Derechos Reproductivos. María Laura Rojas. Abogada para América Latina y el Caribe. Centro de Derechos Reproductivos

miércoles, 1 de febrero de 2012

El humano número 7000 millones y la autonomía de las mujeres


**Valentina Montoya Robledo

En 2011 la persona número 7000 millones llegó al mundo (ver: http://foweb.unfpa.org/SWP2011/reports/SP-SWOP2011_Final.pdf). Con ello resurgen las preguntas sobre la sobrepoblación, la disponibilidad de recursos naturales, la distribución desigual del ingreso, la división global entre norte y sur y el desarrollo. Sin embargo, una pregunta que queda en el tintero es ¿cómo controlar el fenómeno sin violentar la autonomía de las mujeres cuyo cuerpo es el campo de batalla de las cruzadas contra el crecimiento demográfico?

El problema de la sobrepoblación no es nuevo, si se toma en cuenta que sólo 12 años antes, en 1999, el habitante número 6000 millones ya había llegado al planeta y que el ascenso dramático en la población durante el siglo XX ya cuestionaba a los gobiernos del mundo. Desde ese momento, los Estados han venido implementando diferentes tipos de políticas. La mayoría de éstas han tenido un fuerte impacto sobre las mujeres y su autonomía. Mencionaré varios casos para evidenciar la situación.  

El primer caso es el de China. Las políticas de “hijo único” implementadas desde hace más de 30 años han tenido serios impactos sobre la población femenina. Primero, en un país donde culturalmente se valora más tener en la familia a un hijo hombre, sobretodo en áreas rurales, el feminicidio de niñas ha sido la constante. Esto ha llevado a que en la actualidad China tenga el mayor desbalance entre hombre y mujeres en el mundo, con 100 mujeres por cada 119 hombres (ver: http://www.elespectador.com/noticias/elmundo/articulo-309218-liberan-china-206-esposas-compradas-ilegalmente-solteros ). Segundo, la situación es dramática si se considera que muchas familias están comprando esposas para sus hijos solteros y que en 2020 se espera que haya 24 millones de chinos sin una esposa. El asunto relevante ahora es la trata de mujeres en China. El consentimiento de ellas no existe. Son los hombres, quienes por políticas de Estado y estigmas sociales sobre la preferencia de tener hijos hombres han terminado solos. Como si se tratara de una mercancía, las mujeres de países cercanos se compran y se venden, sin respetar su autonomía.

El caso de la India no es tan diferente de la situación en China. El segundo país más poblado del mundo ha venido sufriendo de infanticio y aborto selectivo de niñas. Se han producido entre 4 y 12 millones de abortos de niñas en la India en las últimas décadas, sin que la situación distinga entre clase social o etnia (ver: http://www.nytimes.com/2011/05/25/world/asia/25india.html). El gobierno ha promovido legislación que prohíba el uso de ultrasonidos para distinguir el sexo del feto, en un país en el cual el aborto es plenamente permitido.

El tercer caso es el de esterilizaciones forzadas en Perú durante el gobierno de Fujimori que vuelve a estar en las noticias (ver: http://www.elespectador.com/noticias/elmundo/articulo-309386-fiscalia-de-peru-reabre-caso-de-esterilizaciones-bajo-fujimori). Durante su administración se dice que se dieron aproximadamente 300.000 esterilizaciones en sectores pobres de la población. Esta práctica, considerada un crimen de lesa humanidad, una vez más, se ejerció sobre el cuerpo de las mujeres, atentando contra su autonomía. Muchas de ellas incluso fallecieron a causa de la práctica.  

El cuarto caso y más reciente, es la noticia sobre la indemnización que pagará el gobierno del Estado de Carolina del Norte en Estados Unidos a las víctimas las 7600 mujeres que fueron esterilizadas a principios del siglo XX en campañas eugenésicas (Ver: http://articles.cnn.com/2011-06-22/us/raleigh.eugenics.hearing_1_sterilization-program-task-force-eugenics-law?_s=PM:US).  Este es el único Estado ha hablado de indemnizaciones por las esterilizaciones a las que fueron sometidas niñas y adultas por su condición de raza, estatus socio-económico o características que las hacían “indeseables”.

En los casos expuestos se evidencia una constante: las políticas para prevenir la sobrepoblación impactan de forma diferenciada la autonomía de las mujeres. Son ellas las socialmente indeseadas, las pobres, las que no deberían vivir ni reproducirse, y cuyo consentimiento es irrelevante. Incluso, cuando los hombres se dan cuenta que las necesitan, nuevamente son objetivizadas contra su voluntad, para ser y hacer lo que ellos quieren.

La situación en Colombia no se aleja de lo anterior. La preocupación gubernamental por la sobrepoblación es un hecho. Por un lado, el embarazo adolescente está en la punta de las políticas de la Alta Consejera para la Equidad de la Mujer. Sin embargo, hay que mirar de nuevo quienes son estas adolescentes. En su mayoría son pobres y sin educación. ¿Desean ellas convertirse en madres? El consentimiento aquí, de las mayores de 14 años, es relevante. Las políticas que se implementen deben alejarse de lo que ha sucedido en los casos mencionados, evitando que la injerencia arbitraria en el cuerpo de la mujer se convierta de nuevo en el núcleo de las políticas. 

**Abogada (con honores), politóloga y estudiante de la Maestría en Derecho de la Universidad de los Andes. Profesora del Seminario de Investigación Dirigida. Investigadora de IDEGE y de PAIIS